jueves, julio 01, 2010

Reunion de Padres - firma de autorizaciones

Como venimos informando ha cambiado la norma sobre autorizaciones, y se ha incorporado un libro de legajos, el motivo de la reunión es seguir informando y que los padres y familiares firmen la autorización de cada chico.

Los esperamos.

Padres y Familiares de Manada: 15 horas, el resto de la ramas: 16 horas.



Información importante
Extraído del punto 3.3.2 del Capítulo 2 de la Norma 10 de Scouts de Argentina

3.3.2 Autorización de ingreso a Scouts de Argentina Asociación Civil para el Legajo,

+La autorización de Ingreso a Scouts de Argentina Asociación Civil debe existir para todos los Miembros Beneficiarios
+La autorización debe ser firmada por el padre y la madre, o tutor, guardador o quienes ejerzan la Patria Potestad o tenencia del/a menor, a tal fin será necesario contar con copia de la Partida de Nacimiento del Menor, del DNI de la madre y/o padre que autoriza, o de la constancia judicial/ administrativa que acredite el carácter de guardador, tutor, adoptante, etc. En estos últimos casos también se debe contar en el Legajo con la fotocopia del respectivo DNI del autorizante.
+Es recomendable que la autorización de Ingreso sea firmada ante al menos dos dirigentes del Grupo Scout, los que firmarán al pie como testigos presenciales de la autorización en cuestión.
+Conforme a la legislación vigente, en caso de que uno de los padres ejerza la patria potestad en forma unipersonal (por ejemplo: madres solteras), deberá tenerse constancia a la vista de tal condición (siguiendo el ejemplo: para una madre soltera sirve la partida de nacimiento) y archivarse fotocopia simple en el Legajo.
+Si el menor tiene los padres separados o si no existiera separación legal y uno de los progenitores tiene paradero desconocido, las autorizaciones las deben otorgar el padre que ejerza legalmente la tenencia o guarda judicial (lo que corresponda según el caso). Para ello, deben solicitar fotocopia de la copia certificada por el juzgado interviniente que acredite que la madre o el padre puede autorizar a los hijos para las actividades de la Asociación. El Jefe de Grupo debe verificar el original y guardar en el Legajo del menor una fotocopia, haciéndole firmar a la madre o padre dicha fotocopia manifestando con su letra “que es fiel de su original y se encuentra vigente”.
Esta pauta es obligatoria pues la Asociación tiene que verificar que quien autoriza sea quien tiene la guarda o tenencia judicial del menor. No basta con verificar una situación de hecho o que la madre o el padre nos lo aseguren de palabra pero sin la documentación que lo acredite.

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